Recursos contra resoluciones procesales

El régimen general de recursos se regula en los artículos 79 a 85 de la LJCA.

Contra las providencias y autos no susceptibles de apelación sólo podrá interponerse el recurso de reposición, en el plazo de CINCO DÍAS (es importante recordar que al aplicarse supletoriamente la LEC, hay que citar expresamente la disposición que se entiende infringida).

El artículo 80 de la LJCA estabece los autos que son susceptibles del Recurso de Apelación (hay que destacar que incluye el que resuelva la petición de Medidas cautelares, y los que declaren la inadmisión del recurso).

El Recurso ordinario de apelación se regula en los artículos 81 a 85 de la LJCA.

La ley establece que las sentencias de los Juzgados son apelables, salvo cuando la cuantía del caso no exceda de 30.000 euros, y son siempre apelables los relativos a materia electoral y las dictadas en el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona (art. 121.3 de la LJCA).

El artículo 84 de la LJCA prevé la ejecución provisional de la resolución recurrida en la que, a diferencia de la LEC, se podrá pedir caución o fianza, y no se concederá cuando pueda produrir situaciones irreversibles o perjuicios de imposible reparación (v.gr, la demolición de un inmueble). Se interpondrá ante el órgano que dictó la sentencia en el plazo de QUINCE DÍAS mediante escrito razonado, que deberá contener las alegaciones que fundamenten el recurso. Una vez admtido, se dará traslado a las demás partes para que puedan formalizar su oposición en el plazo común de QUINCE DÍAS. Se podrá pedir el recibimiento a prueba en segunda instancia de las que hubieran sido denegadas o no hubieran sido debidamenre practicadas en primera instancia por causas que no sean imputables al recurrente.

Posteriormente, se elevan los autos al Tribunal competente para la resolución del recurso, y se emplazará a las partes para que se personen en el mismo en el plazo de TREINTA DÍAS. Se podrá solicitar la celebración de vista y/o conclusiones, aunque en la práctica, ello no se realiza casi nunca.

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