Reclamación judicial por Accidente de Tráfico.

RECLAMACIÓN JUDICIAL POR ACCIDENTE DE TRÁFICO

Si has llegado a este punto, probablemente tú o alguien de tu entorno hayáis sufrido un accidente de circulación y, como consecuencia del mismo, existan daños personales o materiales, que, como es lógico, queráis reclamar por ellos.

Pues bien, en este apartado explicaremos qué procedimiento o procedimientos se aplican tras sufrir un accidente de circulación y cómo se debe de actuar en cada uno de ellos.

En primer lugar, debéis de conocer que hasta el año 2015 y, antes de que operara la reforma en el Código Penal de 1995, la mayor parte de los accidentes de tráfico se tramitaban en la jurisdicción penal, en el denominado Juicio de Faltas.

Sin embargo, tras la citada reforma, los Juicios de faltas desaparecieron y, con ellos, fueron despenalizados la mayoría de los siniestros de tráfico.

Como consecuencia de la desaparición de los juicios de faltas, se creó un nuevo procedimiento, denominado Juicio sobre Delitos Leves que, si contempla la tramitación de un accidente de tráfico por la jurisdicción penal- Sin embargo, para que se dé esta posibilidad los accidentes deben de haber sido causados por una imprudencia grave, o aun sin ser cometidos por imprudencia grave, de ellos deriven lesiones de gravedad o incluso la muerte.

Por lo que, como vemos, no todos los accidentes de circulación se pueden tramitar por la jurisdicción penal. Y, es por ello, que además del citado procedimiento, siguen existiendo las reclamaciones de accidentes de tráfico aplicando la jurisdicción civil, en donde, entre otras cosas, podremos reclamar las indemnizaciones correspondientes por accidentes, siempre y cuando estos no incurran en una infracción criminal, es decir, que no lleven aparejado ningún delito contra la seguridad vial, o los que, aun constituyendo un delito, hayan sido tramitados en la jurisdicción penal y, se haya decretado su sobreseimiento y archivo.

En conclusión, podremos reclamar la indemnización correspondiente derivada de los daños ocasionados por un accidente de tráfico, mediante la jurisdicción civil y la penal, pero para optar por una de ellas, debemos atender al alcance y la gravedad de las lesiones y, en todo caso a la forma en la que se ha producido el accidente, es decir, si este ha sido causado por imprudencia leve, grave o menos grave.

Para tener un mayor conocimiento de cada una de las modalidades, puedes acceder a los siguientes enlaces.

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