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Sentencia que establece la obligación de la Administración a resarcir las lesiones sufridas por los Agentes en una intervención.

28 julio 2020, 20:08 h.

LA ADMINISTRACIÓN OBLIGADA A RESARCIR A LOS AGENTES POR LAS LESIONES SUFRIDAS EN SUS INTERVENCIONES STS 956/2020

En el día de hoy os informamos de una muy reciente Sentencia dictada por el Tribunal Supremo, cuya gran importancia radica en que afecta directamente a todo el colectivo policial, dado que la misma establece la obligación de la Administración a resarcir las lesiones sufridas por los Agentes de Policía en una intervención. Se trata de la Sentencia 956/2020, de 8 de julio, dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

El origen de la Sentencia ha sido la reclamación de un Agente de los Mozos de Escuadra (Cuerpo de Policía de la Generalidad de Cataluña), quien en su día sufrió unas lesiones en una intervención policial por parte de dos menores, quienes fueron penalmente condenados y posteriormente declarados insolventes.

Ante la imposibilidad de los condenados de satisfacer la responsabilidad civil derivada de la condena (cantidad por tanto que ya tenía reconocida como indemnización en virtud de la Sentencia penal), el Agente reclamó esa cantidad a la Administración Pública, que se la denegó, lo que motivó la interposición del correspondiente recurso contencioso-administrativo, siéndole finalmente reconocido por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo su derecho a ser indemnizado.

Frente a esta última Sentencia, la Administración recurrió en casación ante el Tribunal Supremo, el cual desestimó el recurso y confirmó el derecho del Agente de ser resarcido por la Administración, fijando así una importante doctrina, APLICABLE A TODAS LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD, que engloba en consecuencia TANTO A POLICÍAS NACIONALES Y CUERPOS AUTONÓMICOS COMO A POLICÍAS MUNICIPALES Y LOCALES.

Por medio de esta Sentencia, el Tribunal Supremo consolida el denominado “PRINCIPIO GENERAL DE RESARCIMIENTO O INDEMNIDAD”, que establece que quienes sirven a la Administración (los Policías) no actúan en interés propio sino en el público -en el de todos-, por lo que si sufren algún daño o perjuicio en el servicio, deben ser resarcidos directamente por la propia Administración en cuyo nombre actúan.

En definitiva, la Sentencia que hoy os remitimos establece la OBLIGACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN A RESARCIR LAS LESIONES SUFRIDAS POR LOS AGENTES DE POLICÍA EN UNA INTERVENCIÓN como consecuencia de acciones ilícitas de las personas sobre las que ejercen, sin culpa o negligencia por su parte, en las funciones que son propias de su cargo.

Si quieres acceder al contenido completo de la Sentencia, pincha AQUÍ

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