El Recurso de Amparo como se ha dicho precisa de Letrado y Procurador, aunque es de aplicación la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita (Ley 1/1996, de 10 de enero).
Por lo demás, el Recurso de Amparo es gratuito (artículo 95 de la LOTC), aunque el Tribunal podrá imponer las costas o incluso una sanción a quienes actúen con temeridad, abuso de derecho o mala fe (en la práctica, ésto no ha ocurrido prácticamente nunca).