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Fiscalía dice que la Policía ha de trabajar con medios de protección o sin ellos

24 abril 2020, 21:17 h.

Los medios de comunicación han destacado un informe de la Fiscalía de Valencia, en la que ésta exime de responsabiliddad a la Delegada del Gobierno frente a la denuncia de varios colectivos, por el hecho de no proporcionar (por imposibilidad), suficientes medios de protección a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que puedan ejercer correctamente sus necesarias funciones en el actual estado de alarma y de pandemia por el Covid-19.

La Fiscalía de Valencia invoca la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de Luxemburgo, STJUE de 12 de febrero de 2006, que entiende que la aplicación de la Directiva 83/391 sobre salud y seguridad de los trabajadores, tiene una excepción en el caso de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, por las imperiosas exigencias de la preservación de la integridad y la seguridad de la colectividad, por lo que no puede eximírselas de tal obligada función como pretendía en aquel caso el Reino de España, por no disponerse de los suficientes medios de protección para la salud y la seguridad de las mismas.

Por tanto, concluye la Fiscalía con cita de esta Sentencia, que aunque no se dispongan de los suficientes medios de protección, el Reino de España infringiría la Directiva 83/391 si exime a las Fuezas y Cuerpos de Seguridad del obligado cumplimiento de sus funciones, por lo que no tiene responsabilidad penal alguna la Delegada del Gobierno en mantenerlas en su obligado servicio aunque no pueda proporcionar a las mismas los suficientes elementos de protección de su salud y seguridad.

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